Aplicación de las Medidas de Conciliación en las Fuerzas Armadas

 Presentación.-

Como en anteriores retos he decidido centrar este en mi propio ámbito de trabajo, el Ministerio de Defensa, es decir en medidas adoptadas o más bien adaptadas a la Conciliación Familiar en el ámbito de las Fuerzas Armadas.

Si bien es cierto que ya es un trabajo con muchas complicaciones y vicisitudes para poder conciliar vida familiar y profesional en general, sin este tipo de medidas y de implicación para las mujeres aún lo era muchísimo más si tenían descendientes a su cargo o ascendientes dependientes.

Dentro de este Plan Concilia que tiene muchas medidas que están ayudando a inculcar una igualdad entre Mujeres y Hombres no solo de trato sino también de oportunidades y de "CORRESPONSABILIDAD" al aplicarse a ambos, me voy a centrar en uno de los puntos que me parece importantísimo no solo por la gravedad de lo que implica en sí mismo sino también por le necesario que era su regulación y reconocimiento, se trata de: "La Reducción de jornada para el cuidado de un hijo menor de edad afectado por cáncer o cualquier otra enfermedad grave". Algo que me parece muy relevante, teniendo en cuenta que dentro de las Fuerzas Armadas hay muchas parejas de militares con hijos y, por desgracia, en ocasiones se tienes que enfrentar a estos durísimos reveses que la vida pone por delante.

El artículo 16 de la Orden DEF/253/2015, de 9 de febrero, establece lo siguiente: “1. El militar tendrá derecho, siempre que ambos progenitores, adoptantes o acogedores de carácter preadoptivo o permanente trabajen, a una reducción de jornada de, al menos, la mitad de la duración de aquella, percibiendo las retribuciones íntegras con cargo a los presupuestos del órgano o entidad donde venga prestando sus servicios, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado del hijo menor de edad, por naturaleza o adopción, o en los supuestos de acogimiento preadoptivo o permanente del menor, afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas) o por cualquier otra enfermedad grave que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente acreditado por el informe del servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma o, en su caso, de la entidad sanitaria concertada correspondiente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años....

..

3. Asimismo, en el supuesto de que ambos presten sus servicios en el mismo órgano o entidad, se podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas en el correcto funcionamiento del servicio.

4. En los casos contemplados en este apartado se exonerará al militar de la realización de guardias, servicios, maniobras o actividades análogas que interfieran con el disfrute de esta reducción.” 


Análisis de la Medida.-

Contextualizando esta medida bajo la metodología de las 3R yo destacaría lo siguiente:

    Roles:

Pese a lo que tradicionalmente estamos acostumbrados y los estereotipos marcados históricamente, de que era la mujer la que debía quedarse en casa cuidando y atendiendo a los hijos y más especialmente cuando estos están gravemente enfermos, esta medida establece una "Corresponsabilidad" de ambos progenitores o padres al mismo nivel pues ambos pueden acogerse a esta Reducción de jornada para poder cuidar de su hijo de la mejor forma posible y repartiendo los tiempos si fuera necesario por necesidades de servicio que no se simultanearan en el tiempo.

Es decir, ambos y en la misma medida asumen el Rol de cuidadores de sus hijos enfermos.

    Recursos: 

Anteriormente, si se tenía que reducir tu jornada laboral para estar al lado de un hijo gravemente enfermo esto producía una merma en sus ingresos considerable, gracias a este tipo de medidas esto no ocurre pues esta garantizado el ingreso íntegro de las retribuciones atendiendo a esta especial circunstancia. 

En caso de ambos tengan un mismo destino el mando, de existir necesidades de servicio que lo justifiquen puede limitar que este derecho se ejerza de forma simultanea, pero si lo podrán compaginar para atender al menor primero uno y luego otro, compartiendo esta responsabilidad y este derecho.

Además en el caso del personal militar que está sujeto a guardias y servicios especiales, maniobras o análogos que impedirían este cuidado,  mientras dure esta situación están exentos de estos. 

    Representación:

No sé exactamente en que medida han participado y/o jugado un papel importante las mujeres en esta medida en concreto. 

Pero creo que tanto en esta medida como en cualquier otra de las muchas que contempla este plan ha sido y es fundamental la creación del Observatorio militar para la igualdad entre mujeres y hombres en las Fuerzas Armadas cuyas funciones son:

  • Analizar, debatir y, en su caso, realizar propuestas para mejorar la incidencia que las actividades relacionadas con el desarrollo de la carrera militar tienen sobre la igualdad efectiva y real entre mujeres y hombres, así como sobre la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
  • Hacer seguimiento y conocer las principales aportaciones del Comité de Perspectivas de Género de la OTAN y sobre el desarrollo del conjunto de acciones sobre mujeres, paz y seguridad, especialmente en el ámbito de Naciones Unidas, OTAN y Unión Europea.
  • Analizar la información estadística sobre la mujer en las Fuerzas Armadas, especialmente la comparativa con el hombre en relación con las medidas de conciliación y la Unidad de destino.
  • Promover, analizar y difundir, especialmente en el ámbito de las Fuerzas Armadas, información que favorezca la integración de la mujer.
  • Analizar las cuestiones relacionadas con la igualdad y la conciliación de la vida profesional, personal y familiar en las Fuerzas Armadas que se le planteen a este órgano.
  • Conocer, cuando se considere necesario, las Memorias del análisis de impacto normativo de las medidas que se establezcan en los anteproyectos y proyectos dispositivos del Ministerio de Defensa y cualquier otra que guarde relación con el objeto de este órgano.
  • Todas aquellas cuestiones que, dentro de las competencias de este órgano colegiado, puedan resultar de análoga significación a las anteriores y contribuyan al cumplimiento de sus fines.
Este Observatorio está compuesto por el titular de la División de Igualdad y Apoyo Social al personal y 17 vocales, en cuya designación se busca una presencia equilibrada tanto de hombres como de mujeres.
Cabe destacar que actualmente a la cabeza del Ministerio de Defensa tenemos una Mujer Margarita Robles, segunda en llevar este ministerio la primera fue Carme Chacón por desgracia fallecida muy joven.


Impacto y Resultados.- 

No tengo datos concretos sobre el impacto ni los resultados de esta medida, pero dado que trabajo para este ministerio como personal funcionario civil y que yo misma en su día fui militar, conozco mucha gente tanto de un ámbito como en otro y he podido observar como a lo largo de estos años ellos se han ido implicando en el cuidado de sus hijos cada vez más, solicitando este tipo de reducción de jornadas, excedencias por cuidados de hijos, licencias o permisos, cuando hasta hace no muchos años eso era impensable y se daba más que por sentado que era ella, la madre. quien debía ocuparse de este tipo de tareas apartando a un lado su trabajo y carrera militar, incluso abandonando esta carrera profesional militar definitivamente por se incompatible con la vida familiar y el cuidado de hijos (como fue mi caso, dicho sea todo).

Realmente creo que este Plan de Conciliación ha sido, es y seguro que seguirá siendo un gran aporte para la Mujer Militar Profesional.


Puntos a destacar.-

Como punto fuerte y que creo que es fundamental es el hecho de que se equipare esta medida a ambos progenitores, que ambos puedan solicitarlo en igualdad de condiciones, lo cual favorece a la Mujer en cuanto a lo que respecta a su carrera y proyección profesional y en este caso militar, pero a la vez creo que también favorece (incluso más) al Hombre dado que le implica más en sus responsabilidades familiares y ayuda a crear vínculos más fuertes al estar más tiempo con la familia tanto física como emocionalmente.

Como punto débil, todavía existe y veo muy difícil de salvar esa coletilla que siempre esta ahí "... sujeto a necesidades de servicio" y en las Fuerzas Armadas muy recurrente y fácilmente achacable a muchas circunstancias, y por el cual, algunos se agarran para no conceder este tipo de medidas y mucho menos de una forma simultánea a ambos progenitores cuando en esos duros momentos, es más que razonable, que una madre o un padre necesite al lado al otro padre o madre en TODO MOMENTO.








Comentarios

  1. Hola Deli! me ha parecido muy interesante la entrada de tu blog. Desconozco mucho el mundo militar y me parece que, como dices, se están haciendo avances. Gracias por compartirlos!

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

Del suelo al Cielo!!!

Iniciando Blogger...

Reto y Entrega 3.- Agenda 2030